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Como hacer factura por ganancias con Adsense en México

    Si te dedicas a escribir blogs y monetizarlos con la plataforma Google Adsense, te decimos como debes hacer tu factura para poder declarar este ingreso, si estás en la modalidad de RIF.

    Google Adsense está establecido en los Estados Unidos de América, por lo que no proporcionan un RFC o datos para la facturación en México, ellos no la requieren. Pero tu si requieres hacer tu factura para cumplir con tus obligaciones fiscales en México.

    Si estas en un régimen fiscal diferente te aconsejamos acudir con un contador a asesorarte.

    Si ya ganas dinero con Adsense en tu o tus páginas web, y no estás dado de alta en el SAT, te recomendamos hacerlo, así evitas multas muy dolorosas. Es sencillo e incluso puedes hacerlo en línea con tu CURP. Te activas en el Régimen de Incorporación Fiscal y ya puedes cumplir con Hacienda. Si prefieres, puedes solicitar una cita y acudir al SAT para hacer tu trámite personalmente.

    Cuando estés dado de alta y hayas solicitado tu contraseña podrás entrar al portal del SAT, y ahí asegúrate de que estás en la sección para personas físicas.  En este portal encontrarás la sección Factura electrónica, y dentro de esta el apartado Factura Electrónica en Mis Cuentas.

    Antes que nada, si estás iniciando ve a la sección Mis Declaraciones, y ahí selecciona Perfil. Selecciona el ejercicio (año) y la opción SI, para optar por los beneficios de reducción en el pago del IVA y IEPS.

    En este mini portal puedes generar fácilmente la factura por tus ingresos en Adsense.

     

    Generar la factura por tus ganancias de Adsense.

    Ya que estás en el apartado de Mis Cuentas, abre el menú de Factura fácil, y ahí seleccionas la opción Generar factura.

    Ahora, esto debes llenarlo con mucho cuidado, tomate tu tiempo. Si es la primera vez que entras, te llevará a llenar los datos que requiere el sistema, rellena con tu nombre, para que estos datos aparezcan precargados para la siguiente vez.

    La primer pantalla muestra precargados algunos datos del emisor, que eres tú, como RFC, Régimen fiscal, que es RIF 621; Tipo de factura, que es ingreso. Tu captura tu nombre, y sigue a la sección de Datos del receptor.

    Los datos del receptor.

    ¿Ahora, como le facturas a Google si no te dan sus datos? Mientras no haya otra indicación lo puedes hacer con el RFC genérico para extranjeros, que es XEXX010101000 y la razón social es Ventas al Público en General. Desde ahora en adelante este RFC será el precargado en el generador de catálogo.

    Comprobante.

    En esta sección también ya aparecerán precargados los datos que introdujiste al catálogo:

    • Fecha y hora de expedición, pondrá la hora en que haces tu factura.
    • Código postal, es el que diste de alta.
    • Moneda, si te pagan en pesos seleccionas Peso Mexicano, si es en dólares selecciónalo en las opciones.
    • Forma de pago, normalmente nos pagan por 03 Transferencia electrónica de fondos SPEI.
    • Método de pago, normalmente es PUE Pago en una sola exhibición.
    • Si te pagan en dólares debes escribir el tipo de cambio al que te pagaron.

     

    Conceptos.

    Este apartado también normalmente ya toma de datos de los que apuntaste al catálogo. Da clic en Nuevo.

    • Clave del producto o servicio. 82101603 Publicidad en internet.
    • Clave de unidad, S8 Unidad de publicidad estándar.
    • Cantidad, 1
    • Descripción, Publicidad Web
    • Valor unitario, tu pago.

    Ahora da clic en agregar, y ahora en el botón de Sellar, enviar y descargar.

     

    La siguiente vez que entres al portal ya se cargara la sección de Generar Facturas, y el proceso va a ser más sencillo, ya solo debes ir seleccionando tus datos precargados, rellenar con los datos del pago que te hizo Google Adsense: el importe unitario, que será igual al importe total, concepto (Publicidad en Internet) y listo, descargas tu factura y preferentemente imprímela.

    Recuerda que en el RIF facturas cada mes, después de que Adsense te transfiere tu pago, y declaras cada bimestre.

    Si tienes alguna duda respecto a estos pasos, déjala en los comentarios para poder ayudarte.

     

    ➡️ Conoce el Régimen de Incorporación Fiscal RIF aquí.

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